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La ley que Perú aprobó en últimas instancias para disponer del cadáver de Abimael Guzmán

  • Foto del escritor: Enfoque  Semanal
    Enfoque Semanal
  • 30 sept 2021
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: 29 oct 2021

El líder de Sendero Luminoso falleció ante una incertidumbre de que se debería hacer con los restos de los criminales que fallecen cumpliendo su condena y más si es de cadena perpetúa, criminales que hicieron tanto daño al País, si realmente merece una sepultura digna para una persona que causo terror a un país entero.


Abimael Guzmán murió en su celda de la Base Naval el pasado 11 de septiembre a la edad de 86 años ( Foto: Archivo El Comercio)


Redactado por: Juanita Ticse


El pasado 14 de septiembre el Congreso de la República, aprobó el Proyecto de Ley 191. Esto faculta a un juez o un fiscal a disponer del destino final de cadáveres de personas relacionadas al narcotráfico y terrorismo y en casos de posible afectación a la seguridad y el orden público, debido a la ideología que dejan estas personas en las masas, para así evitar que el lugar donde yacen sus cadáveres no sean cetros de culto. Es decir, una decisión fundamentada en esta ley podrá decidir el destino final del cadáver de una persona condenada por los delitos de traición a la patria o terrorismo.



Abimael Guzmán Reynoso, fundador de la organización terrorista Sendero Luminoso, quien fue sentenciado en la década de los 90 por delitos de terrorismo en modalidad agravada , murió cumpliendo una sentencia de cadena perpetua a los 86 años de edad.


De acuerdo con la información divulgada por instancias oficiales, el cabecilla senderista sufrió complicaciones pulmonares, en sus celda de la Base Naval del Callao, que fue cerrada en el perímetro para realizar las investigaciones correspondientes de la muerte de Abimael Guzmán y evitar una posible aglomeración de los fanáticos del senderista en el lugar.


En un informe final, la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR) indica que Sendero Luminoso fue responsable de un 54% de los ilícitos cometidos contra las víctimas fatales del conflicto armado, es decir, 31.331 personas, por lo que es uno de los grupos terroristas en el mundo que ha causo daño, dolor y desgracia en un país, con una idea errada del cambio.


Consultamos respecto del tema a un abogado sobre las instancias de la ley promulgada en últimos instantes, para saber y determinar que se debería hacer con los restos de Abimael Guzmán, debido a la preocupación que ha causado en la población a que sea enterrado en un campo santo del país.


Entrevista:

Al Dr. Carlos Steiert Goicochea

Abogado - Magister en Derecho, especialista en derecho.


La muerte del senderista abre una discusión sobre qué hacer con sus restos:


1. ¿El Estado debe entregarlo a sus familiares?


De ninguna manera, por un tema de seguridad y orden público, no sólo en el aspecto inmediato, sino también pensando en el futuro, este tipo de casos debe tener un tratamiento especial, que impida cualquier tipo de homenaje, peregrinación, culto o similares respecto a este tipo de delincuentes; así también como posibles represalias de aquellos que se vieron afectados.


2. ¿Qué hizo el Estado respecto a este tema’


Como es sabido, aunque con demora, tomó las acciones que impidieron la entrega del cadáver a los familiares.


3. ¿Por qué se esperó tanto tiempo el Estado a decretar una ley que dictamine que hacer cuando las personas condenadas a cadena perpetua por traición a la patria y lesa humanitaria, fallecen?


Las razones pueden ser variadas y hasta conjuntas, desde dejadez, falta de previsión o hasta decisión política, teniendo en cuenta que el terrorismo no es lo mismo que crímenes de lesa humanidad, aunque ambos son crímenes, la naturaleza de ambos son diferentes por un tema quienes son los autores. Es cierto que debió haberse regulado antes, más aún, sabiendo que muchos ya están mayores y era cuestión de tiempo el que comenzaron a fallecer, sin embargo ya se reguló y eso es lo importante.


4. ¿De que nos habla la ley promulgada para este tipo de situaciones


La Ley N° 31352, incorpora el artículo 112-A, a la Ley N° 26842 - Ley General de Salud; estableciendo que para el caso de fallecimiento de internos que venían cumpliendo condena por terrorismo y traición a la patria, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispondrá que sus cadáveres serán cremados previa necropsia; en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas en presencia de un representante del Ministerio Público, quien, para fines de identificación, levanta el acta correspondiente.


Además, señala que la autoridad sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Ministerio del Interior, serán los responsables de ejecutar la cremación y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispone la dispersión de los restos cremados con tiempo y lugar de naturaleza reservada. Dicha ejecución contará con el apoyo del Ministerio del Interior


5. ¿Cuál sería su punto de vista ante este tipo de situaciones, si considera adecuada está ley o si debe ser modificada?


Estoy totalmente de acuerdo y quizás más adelante podría ser modificada, para algunas precisiones adicionales, para los crímenes de lesa humanidad, pues desde otra perspectiva, pero teniendo en cuenta que normalmente son perpetrados por personas que ostentan algún tipo de poder dentro del Estado, también podrían generar homenajes, cultos especiales o hasta atentados por quienes fueron víctimas o sus familiares, como ya se mencionó antes; y también respecto a mantener el secreto del lugar de disposición de los restos, entre otros aspectos.


El fundador de Sendero Luminoso, o, como se hacía llamar, “la cuarta espada del marxismo”, Abimael Guzmán, el 11 de septiembre en la prisión de Lima donde cumplía una condena de por vida. ¿Se arrepentiría en sus últimos minutos de los setenta mil muertos que causó la insurrección maoísta que provocó en el Perú y en lo que la Comisión de la Verdad calculó el número de víctimas que esta causó? Probablemente, no. - Mario Vargas Llosa, Diario El País.


Fuente: El Comercio, La República, El País.


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